Autorización de ECAs. Tramitación electrónica
De conformidad con el artículo 4 del Decreto 43/2026, de 28 de julio, por el que se regula el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las personas jurídicas que quieran ejercer su actividad como entidad colaboradora de la Administración regional deberán obtener una autorización emitida por la consejería competente por razón de la materia, mediante solicitud presentada de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario disponible en la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Deberá presentarse una solicitud por cada ámbito de actuación en el que se pretenda desarrollar la actividad como entidad colaboradora.
A través del enlace se accede directamente al formulario multipropósito, mediante el cual se puede solicitar la autorización como entidad colaboradora, así como realizar las actuaciones posteriores una vez autorizada (presentación de tarifas, renovaciones, memoria de actividades, etc.).
Para iniciar el trámite es necesario disponer de certificado electrónico. Asimismo, todas las notificaciones relacionadas con la solicitud se realizarán por medios electrónicos, por lo que es necesario estar dado de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Para más información puede consultar en los siguientes enlaces: