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Estatutos de Colegios Profesionales

Es la norma organizativa del colegio profesional cuyo contenido se encuentra legalmente limitado a la regulación necesaria de su funcionamiento como corporación de derecho público para el ejercicio de las funciones públicas que tienen encomendadas. En concreto:

  1. Denominación, domicilio y ámbito territorial, sede y delegaciones, en su caso, del Colegio.
  2. Derechos y deberes de los colegiados.
  3. Requisitos para el acceso a la condición de colegiados y causas de denegación, suspensión o pérdida de esa condición.
  4. Tipificación de las infracciones y sanciones en que puedan incurrir los colegiados. Régimen disciplinario.
  5. Denominación, composición y forma de elección de sus órganos de gobierno, así como los requisitos para formar parte de ellos.
  6. Competencias y régimen de funcionamiento de la Asamblea General y demás órganos de gobierno, teniendo en cuenta los supuestos en que puedan producirse vacantes en más de la mitad de sus miembros y la forma de adoptar sus acuerdos.
  7. Régimen económico y financiero.
  8. Premios y distinciones a colegiados o a terceros.
  9. Régimen jurídico de los actos y resoluciones de los Colegios, y recursos contra los mismos.
  10. Procedimiento a seguir en procesos de fusión, absorción y disolución.
  11. Procedimiento para la reforma de los Estatutos.

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